El caso de Jose Manuel Delmoral: otra desgracia del sistema judicial venezolano


El Tigre, Febrero de 2012
Resumen de los acontecimientos

Lo que vas a leer a continuación no es extracto de una película ni es parte de una historia inventada tampoco, lo que vas a leer a continuación es el testimonio de una situación real que una persona está viviendo en la actualidad. Esto es el testimonio de una persona que, por cosas de la vida, fue acusado sin pruebas por una persona la cual nunca conoció y con la cual nunca tuvo trato directo o indirecto, de asesinar a una familia a la cual nunca conoció y con los que nunca tuvo tampoco contacto directo o indirecto, en un lugar en el que nunca estuvo y que no conoce, junto a un grupo de personas las cuales ni conoce ni trata ni pertenece a su círculo de amistades y con las que nunca tuvo trato.

Saludos. Mi nombre es José Manuel Delmoral Ortega, portador de la cédula de Identidad No. 17.145.534, nacido en Caracas el 08 de Agosto de 1985, residenciado en El Tigre Edo. Anzoátegui, para la fecha llevo más de dos años privado de libertad por un crimen que ni cometí ni tuve remotamente algo que ver. Me acusan de haber participado en el triple homicidio de una familia, en donde fueron asesinadas de una manera horrible un pastor de una iglesia evangélica junto a su esposa y su hija, hecho que causó gran conmoción en la localidad, hecho conocido como “La Masacre de Guanipa”, A continuación, trataré de explicar como fue que llegue a esta situación:

Fue aproximadamente para las fechas de 15 o 16 de Noviembre de 2009, casi un año después de haber sucedido el crimen, cuando se dio a conocer por los medios de comunicación locales que el CICPC había aprehendido a un grupo de personas por su presunta participación en el triple homicidio de un pastor y su familia ocurrido en el mes de Diciembre del año 2008. Entre las personas involucradas se hizo mención de un apodo o sobrenombre el cual algunas personas usaban cuando se referían a mi, o sea, muchas personas me conocían por ese apodo, pero como no era mas que eso, un simple apodo, nunca pensé que los medios de comunicación se referían a mi, ya que hay muchas personas que son conocidas por un mismo apodo. Sin embargo, en los días siguientes, los medios de comunicación comenzaron a decir que CICPC se encontraba tras la pista del sujeto con este apodo, y de repente comenzaron a decir mi nombre. Luego unos cuantos días después, el 23 de Noviembre del 2009, recibí una boleta de citación para una entrevista en el CICPC para el día 24, citación a la cual yo asistí sin ningún problema, pero sin embargo no pudieron atenderme ese día así que me dieron otra citación para el día 25 en la mañana, citación a la cual de igual manera yo asistí sin ningún tipo de problema, pero tampoco pudieron atenderme, así que decidieron citarme para ese mismo día pero en la tarde, citación a la que acudí sin ningún tipo de problema también, pero cual fue mi sorpresa, cuando al llegar ese día en la tarde me sacaron una orden de aprehensión en mi contra por lo que tuve que quedarme detenido.

A todas esas citaciones acudí siempre en presencia de mi padre y de mis abogados. Por lo que puedo decir que me encuentro privado de libertad desde el día 25 de Noviembre de 2009. Luego de eso, me estuvieron trasladando a los Tribunales en los días siguientes, pero no me atendían nunca, y no fue sino el día 01 de Diciembre de 2009 que me hicieron la audiencia de presentación, o sea, una semana después que me privaran de libertad. Durante esos días fui ofendido, humillado y amenazado por algunos funcionarios del CICPC durante el tiempo que estuve allí, inclusive me tomaron muchas fotos, también me sucedió lo mismo en los calabozos de los Tribunales.

El día de mi audiencia de presentación, en el momento que se me dio derecho de palabra, traté de ser bien específico en cuanto a quien soy, a qué me dedico y en donde me encontraba yo el día del crimen, ofrecí inclusive pruebas y testigos para ratificar lo que estaba diciendo. De hecho como yo no sabía el día en el que había ocurrido el crimen exactamente, yo expliqué lo que hice durante esa semana. Yo soy programador especializado en los lenguajes JAVA y PHP, certificado por IBM, y el Ministerio de Ciencias en un curso que realicé durante casi un año entre el 2008 y 2009. El horario de este curso fue de lunes a viernes desde las 5:00 pm hasta las 9:00 pm para comienzos de diciembre de 2008. En el curso se nos mandó a crear un proyecto el cual teníamos que entregar para el día 12 de Diciembre de 2008, y en mi grupo a mi me tocó hacer el rol de líder programador por lo que la mayor parte de la responsabilidad la tenía yo, de paso para efectos de la evaluación, la asistencia durante esos días era obligatoria, ya que si faltábamos un día eso nos iba a restar puntuación en la nota final del proyecto, así que básicamente mi rutina diaria durante esos días era programar ese proyecto en mi casa, ir en la tarde al curso a seguir programando, volver al salir en la noche a mi casa a programar otro rato para luego descansar para al otro día seguir en lo mismo, en especial los días 09, 10 y 11  de diciembre de 2008 ya que el proyecto había que entregarlo el 12, por lo que había mucha presión porque todavía estábamos aprendiendo el lenguaje JAVA, así que en realidad el proyecto fue digamos que un poco difícil. Pero en cambio, la persona que me acusa y el Fiscal encargado del caso dicen que el día del crimen yo me encontraba reunido junto a los otros detenidos desde las 6 o 7 de la tarde noche aproximadamente, pero yo en cambio dije en donde me encontraba ese día y a esa hora, más sin embargo vale más la palabra de la persona que me acusa. Ese día de la audiencia de presentación también me ofrecí voluntariamente a que se me realizara una prueba de ADN para ser comparada con cualquier muestra que hayan conseguido en el lugar de los hechos y de esta manera demostrar mi inocencia también.

Luego de todo eso, el Fiscal me hizo unas cuántas preguntas a las que yo respondí sin ningún problema. Luego ese día como ya era tarde, decidieron dejar la decisión para el otro día. En la decisión, el Tribunal ratificó la medida privativa de libertad en mi contra, y ordenó que se me realizara un acto de reconocimiento en rueda de individuos donde la persona a reconocer era yo y el reconocedor la persona que me acusa. Mis abogados introdujeron un recurso de apelación en contra de la privativa de libertad, este fue el resultado:


Así que ese mismo día realizaron el acto de rueda de reconocimiento antes de comenzar el acto, se le preguntó al reconocedor las características físicas de quien iba a reconocer, a lo cual contestó lo siguiente: “Persona blanca con el cabello muy largo crespo color castaño, a veces usaba colita, no era ni muy gordo ni muy delgado sino de contextura normal, tenía ojos expresivos, utilizaba anteojos, siempre utilizaba zarcillos, tenía en su oreja una perforación. Cualquiera persona que me conozca o que haya tratado conmigo por lo menos una vez, sabe que estas descripciones no concuerdan en lo absoluto con mi persona, ya que para comenzar, yo nunca he tenido el cabello así de largo como lo describe esa persona, y no soy contextura normal sino que soy muy delgado y alto, algo así la pantera rosa, y muchísimo menos uso zarcillo, de hecho no tengo ningún tipo de perforación ni en mi oreja ni en ninguna otra parte de mi cuerpo, y de esto último existe una constancia por parte de un forense el cual me examinó las orejas en busca de cualquier perforación de cualquier tipo la cual resultó negativa. Esta constancia se encuentra incluida en el expediente.

Continuando con el acto de reconocimiento, luego que el reconocedor diera las descripciones se procedió a realizar el acto. Cabe destacar que las otras personas que colocaron conmigo eran todas de estatura mucho mas baja que la mía (mido cerca de 1.98 m). Este acto duró cerca de unos 30 o 40 minutos, recuerdo que al final las piernas me temblaban por permanecer tanto tiempo de pie, pero aun así, por algún motivo desconocido para mi, esta persona me señaló, el resultado de ese acto fue impugnado por mis abogados pero el tribunal hizo caso omiso de los alegatos.

Luego de eso, unos cuantos días después, el 22 de Diciembre de 2009, procedieron a realizar la práctica de extracción de muestras corporales para determinar mi ADN y compararlo con cualquier muestra encontrada en el lugar de los hechos, esta prueba fue realizada a solicitud mía y de mis abogados defensores, por lo que yo accedí a hacérmela sin ningún tipo de queja ni problema. Cabe destacar que hasta la fecha (febrero 2012), a más de dos años de mi detención, y de que se me realizo la prueba, todavía no se sabe el resultado de estas pruebas, ni siquiera se sabe si las pruebas fueron realmente realizadas. Luego de esto, 45 días después de haber comenzado el proceso de este caso, fue presentada ante el Tribunal de Control la acusación Fiscal, pero firmada por otros fiscales que no eran los asignados a la causa. Luego de esto, unos cuantos días después, el Fiscal presentó una “Reforma” o “Ampliación” de la acusación donde se agregaron unas cosas y se eliminaron otras, esto lo hizo faltando poquitos días para la fecha donde fue pautada el primer intento de realizar la Audiencia Preliminar, luego llegó ese día pero no se pudo realizar la audiencia porque el fiscal no pudo asistir al acto. Luego de eso la Audiencia se difirió como en 5 o 6 oportunidades seguidas, todas por el mismo motivo: El Fiscal no se presentaba al acto.

Varios meses después, el 10 de Mayo de 2010, se realizó la Audiencia Preliminar. Esta audiencia duró bastante tiempo, mis recuerdos de ese día son muy distorsionados, ya que todavía estaba en shock por todo lo que me estaba sucediendo, de hecho creo que todavía lo estoy, por mas que sea no es fácil estar privado de libertad, mucho menos cuando se está por algo de lo que eres inocente. Continuando con la Audiencia Preliminar, ese día, el Fiscal hizo sus alegatos, luego se les dio la palabra a los abogados defensores, quienes expusieron sus alegatos, solicitudes y excepciones. Luego de muchas horas de conversaciones y discursos en ese idioma de los abogados, se decidió suspender la audiencia y continuarla el día siguiente para lar la decisión.

Al otro día, antes que el Tribunal dictara su decisión, le concedieron de nuevo derecho a palabra al Fiscal el cual la aprovechó para defenderse de los alegatos, solicitudes y excepciones expuestas por los abogados el día anterior. Luego los abogados defensores solicitaron derecho de palabra, pero se lo negaron por lo que interpusieron recurso de revocación, el cual fue declarado sin lugar por el Tribunal. Después el Tribunal dictó su decisión en donde aceptó totalmente ambas acusaciones presentadas por el Fiscal, declaró sin lugar casi todas las solicitudes y excepciones expuestas por la defensa, mantuvo la privativa de libertad y admitió todas las pruebas presentadas por la defensa y se ordenó inicio de Juicio oral y Público. Cabe destacar que se interpuso un recurso de apelación ante la decisión de la Audiencia Preliminar, y para la fecha no hay una respuesta positiva o negativa de este recurso de apelación.
Luego de eso, se dio inicio al proceso de conformación del Tribunal para el Juicio. Se fijó fecha para el primer acto de recusación e inhibición de escabinos, esto fue para la fecha de los días de Agosto de 2010, este acto fue diferido por la inasistencia de las personas convocadas para participar como escabinos, pero en este acto se aprovechó para que LA ÚNICA PERSONA QUE CONFESÓ HABER PARTICIPADO EN EL CRIMEN Y LA ÚNICA PERSONA CONTRA LA CUAL EXISTEN PRUEBAS REALES QUE DEMUESTRAN SU PARTICIPACION EN EL CRIMEN “admitiera los hechos” y de esta manera consiguiera una condena de tan sólo ocho (8) años.

Luego pasaron varios días y finalmente el día 20 de Septiembre de 2010, se interpuso ante la Sala de Casación Penal en el Tribunal Supremo de Justicia, una solicitud de Avocamiento por parte de mi defensa privada. Luego de eso días después, la defensa de otro imputado de la misma causa interpuso en el mismo sitio un Recurso de Radicación. Para el día 05 de Noviembre de 2010, mediante decisión no. 474, la Sala de Casación Penal se declaró competente, admitió la referida Solicitud de Avocamiento siendo ponente el Magistrado Eladio Ramón Aponte Aponte.
Varios meses después, el 09 de Agosto de 2011 se reasignó la ponencia del caso a la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas. (Reasignación de Ponente No. 7)
Poco después de la reasignación del ponente el día 14 de Noviembre de 2011 se declaró sin lugar la solicitud de Avocamiento interpuesta por mi defensa, sentencia no. 433
Luego finalmente pocos días después, se declaró sin lugar la solicitud de Radicación interpuesta por la defensa de otro imputado de la misma causa

 Actualmente me encuentro a la espera de que se le de continuidad al proceso, ya que al declararse sin lugar todo lo solicitado anteriormente, el proceso continua en el mismo estado que quedó al momento de ordenarse su paralización por orden del Tribunal Supremo de Justicia.

En resumen de cuentas, me encuentro privado de libertad imputado por un delito en el que no participé y no tienen prueba alguna para demostrar mi participación en el delito, ni la tendrán nunca porque simplemente ni existe ni existirá ni ha existido ningún tipo de prueba para probar mi participación en tal delito. Lo único que tienen en mi contra es la declaración de una sola persona, persona la cual nunca en mi vida conocí, ni tuve trato o contacto ni nada parecido, persona la cual de paso ni siquiera dice mi nombre como tal en NINGUN MOMENTO, sino que menciona un apodo o sobrenombre, el cual fácilmente pudiera usar aquí en la zona y de paso me asociaron a un grupo de personas con las cuales yo ni siquiera tenía trato alguno.

Si creías que en ninguna parte del mundo se podía privar de libertad a alguien únicamente por ser conocido con algún sobrenombre, pues te equivocas. Algo muy importante que debo mencionar es que gracias a que me están acusando de un delito muy grave y delicado, he recibido amenazas muy serias desde varios centros de reclusión del país, por lo que mi vida corre un gran peligro cada día que pasa, ya que si por mala suerte mía algún Juez se viera obligado a trasladarme a cualquier internado Judicial o centro reclusorio del país, mi vida acabaría en cuestión de segundos, de hecho, esto mismo podría ocurrir si me colocan en otro calabozo aquí mismo donde me encuentro o también podría ocurrir inclusive en los mismos calabozos del Circuito Judicial.

Debo decir también que aún cuando tengo pruebas de mi inocencia, aun cuando hay muchas personas que saben que soy inocente, y aun cuando no existe ningún tipo de prueba en mi contra, siento un gran temor por lo que pudiera decidir el Tribunal, siento un gran temor por lo que pudiera ser mi destino para los próximos 30 años. Todo esto por la campaña que hicieron los abogados de las victimas a  través de los medios de comunicación para convencer a la comunidad de que si soy culpable y de que si existen pruebas en mi contra, también por la presión que ejerce la comunidad cada vez que tenemos una audiencia en los Tribunales, por aquello del clamor público y por la manera que se ha manejado este caso hasta ahora.

Sin embargo debo decir que mientras esté con vida, trataré de demostrar mi verdad, la única verdad, lucharé con todo lo que me quede de fuerzas y energías hasta el final de todo esto para demostrar mi inocencia.

Sin más que decir, no me queda otra que despedirme, Saludos y gracias por invertir un poco de tu tiempo leyendo estas líneas,
PAZ Y FELICIDAD A TODOS.

José Manuel Delmoral Ortega
C.I. 17.145.534

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